Condiciones generales de venta de ACEROA ACEROS ESPECIALES, S.L

1. OBJETO

El presente documento tiene como objeto establecer Condiciones sobre las que se regirán las ventas entre ACEROA Aceros Especiales, S.L (en adelante la Sociedad) y sus Clientes.

 

En caso de acuerdos particulares para determinados proyectos entre la Sociedad y el Cliente, prevalecerán sobre las Condiciones Generales de Venta.

2. PROCEDIMIENTO

Estos son los PROCEDIMIENTOS habituales sobre los que regirán las Condiciones Generales de Venta

  1. CONSULTA
  2. OFERTA
  3. PEDIDO
  4. ACEPTACIÓN PEDIDO
  5. PLAZO ENTREGA
  6. RECEPCIÓN/ACEPTACIÓN/RECLAMACIÓN
  7. PAGO
  8. VARIACIÓN DE LOS PRECIOS
  9. INDEMNIZACIONES
  10. ANULACIÓN PEDIDO

2. 1 CONSULTA

El CLIENTE enviará la CONSULTA a la SOCIEDAD, donde incluirá los siguientes datos, como imprescindibles:

a) TIPO DE MATERIAL

b) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del Producto (solo sería necesario en caso de condiciones particulares).

c) CANTIDADES y SERVICIO (S) ADICIONAL.

d) LUGAR DE ENTREGA. Será responsabilidad del CLIENTE los errores producidos en base a las especificaciones reflejadas en su CONSULTA.

 

La SOCIEDAD no asumirá responsabilidades como consecuencia de las ESPECIFICACIONES frente a terceros, como pudiera ser el cliente de nuestro CLIENTE (transformador o consumidor final).

 

Dichas ESPECIFICACIONES determinan las características y particularidades técnicas del PRODUCTO, objeto del pedido, como la calidad del acero, tratamiento, tipo de material y aspectos relevantes, que de forma obligatoria, deberán especificarse por el CLIENTE en el PEDIDO, siendo responsabilidad suya los acuerdos que haya contraído con su cliente. Se entiende, igualmente, que las ESPECIFICACIONES relacionadas con los SERVICIOS serán también responsabilidad del CLIENTE.

Las ESPECIFICACIONES tanto del PRODUCTO como los SERVICIOS serán las incluidas en la OFERTA / ACEPTACIÓN PEDIDO.

2.2 OFERTA

A partir de la CONSULTA la SOCIEDAD dará curso a una OFERTA donde especificarà, entre otras condiciones, el precio y la fecha prevista de entrega de los PRODUCTOS, así como cantidades mínimas.

 

La OFERTA podrá incluir propuestas con alternativas a los PRODUCTOS consultados, donde se incluyan productos de superior calidad o de similares características a las consultadas por el CLIENTE, incluidas modificaciones de los componentes químicos.

2.3 PEDIDO

El CLIENTE formulará un PEDIDO, que significará la aceptación de la oferta.

En el caso que el CLIENTE no esté de acuerdo con las alternativas propuestas por la SOCIEDAD o le surgieran dudas en cuanto a su contenido deberá de informar inmediatamente y por escrito, a la SOCIEDAD PEDIDO, con la finalidad de que las PARTES resuelvan las dudas técnicas relacionadas con PRODUCTOS ALTERNATIVOS.

 

En el caso que el CLIENTE no haya manifestado disconformidad pero, sin embargo, no haya modificado el PEDIDO haciéndolo coincidir con la OFERTA, la SOCIEDAD solicitará al CLIENTE o bien que modifique el PEDIDO o que firme el DOCUMENTO DE LA OFERTA / ACEPTACIÓN PEDIDO y lo remita a la SOCIEDAD, si no se cumplieran ninguna de estas circunstancias el PEDIDO podría quedar paralizado.

Solo después de la ACEPTACIÓN DE LA OFERTA por parte del CLIENTE, la SOCIEDAD enviará el correspondiente ACEPTACIÓN PEDIDO.

 

2.4 ACEPTACIÓN PEDIDO

Ante la falta de comunicación por parte del CLIENTE, el PEDIDO se entenderá como conforme de acuerdo con las ESPECIFICACIONES de los PRODUCTOS incluidos en la OFERTA, y en ningún caso por las inicialmente consultadas.

 

La SOCIEDAD incluirá en su ACEPTACIÓN PEDIDO las ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO (s) con las modificaciones.

 

2.5 PLAZO ENTREGA

La FECHA DE ENTREGA de los PRODUCTOS será la que se refleje en la ACEPTACIÓN PEDIDO.

 

El RETRASO EN LA ENTREGA justificado por la SOCIEDAD respecto a la fecha inicial reflejada en la ACEPTACIÓN PEDIDO, el CLIENTE podrá anular el PEDIDO, y ninguna de las PARTES podrá formular reclamación.

 

Si se produjera un RETRASO SIN JUSTIFICACIÓN, la SOCIEDAD asumiría un máximo del 1% semanal, tomando como base para aplicarlo el precio de venta de los PRODUCTOS que correspondan, y en ningún caso este porcentaje superará el 10% del valor de PEDIDO (S) correspondiente.

 

La MERCANCÍA será entregada con el embalaje de acuerdo a sus características y con la identificación correspondiente.

 

Condiciones Generales de Venta 2 Los PEDIDOS, salvo indicaciones en contra, la SOCIEDAD realizará la entrega de acuerdo con las instrucciones del CLIENTE reflejadas en el PEDIDO. A partir de la entrega en el destino, el CLIENTE asumirá la propiedad de los PRODUCTOS entregados, y el riesgo sobre los mismos.

 

En el caso de que el TRANSPORTE sea por cuenta del CLIENTE, la entrega se realizará en las instalaciones de la SOCIEDAD, siendo el cliente quien asuma la responsabilidad de la MERCANCÍA hasta su destino.

 

2.6 RECEPCIÓN / ACEPTACIÓN RECLAMACIONES

2.6.1 RECEPCIÓN / ACEPTACIÓN

El CLIENTE deberá aceptar los PRODUCTOS en el momento de la entrega efectiva conforme al PEDIDO, con la obligación de pagar el PRECIO ACORDADO entre las PARTES.

 

La no aceptación del CLIENTE de los PRODUCTOS conforme a lo acordado y sin justificación, la SOCIEDAD tendrá la potestad para consignar los PRODUCTOS a favor del CLIENTE, sin renunciar al derecho del crédito que la SOCIEDAD tenga a su favor por el pago del PRECIO ACORDADO.

 

No se admitirá ninguna DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS total o parcial debido a errores en el PEDIDO. En cualquier caso, la SOCIEDAD podría considerar tener una “atención comercial”, pero en ningún caso, implicaría para la SOCIEDAD la obligación de hacerlo.

 

En el supuesto que cualquier Producto (s) fuera rechazado por disconformidad respecto a la OFERTA/ACEPTACIÓN PEDIDO, la SOCIEDAD tendrá la oportunidad de defender que el PRODUCTO (S), objeto de la reclamación, es adecuado para las exigencias del PEDIDO.

 

En caso de que la posición del CLIENTE persistiera con la devolución del PRODUCTO (S), los gastos de transporte y tramitación de los mismos correrían a cargo de la SOCIEDAD. Pero si finalmente la SOCIEDAD demostrara que no se justifica la devolución, podrá reclamar al CLIENTE el valor, incluyendo todos los gastos que hayan representado la devolución.

 

Para cualquier RECLAMACIÓN relacionada con defectos visuales, como daños o dimensiones incorrectas respecto a las solicitadas, etiquetados de identificación que no se correspondan con los PRODUCTOS que acompañan a la mercancía o cualquier otra anomalía con la que el CLIENTE pueda estar disconforme, este dispondrá de un máximo de ocho (8) días contados a partir de la FECHA DE ENTREGA para realizar la correspondiente reclamación. Pasado este plazo, la SOCIEDAD no aceptará reclamación alguna, salvo defectos no detectables en el momento de la recepción.

 

2.6.2 RECLAMACIONES

En cuanto a la posibilidad que aparezcan DEFECTOS en el proceso de trabajo, el CLIENTE interrumpirá el proceso, comunicándolo de forma inmediata a la SOCIEDAD con la finalidad de dar una solución técnica al problema. En cualquier caso, la SOCIEDAD no admitirá reclamaciones a partir de cuatro (4) meses, contados a partir de la entrega del PRODUCTO.

 

En el supuesto de que el problema surgiera después de que el PRODUCTO haya sido totalmente terminado y/o puesto en producción, de igual manera el CLIENTE informará inmediatamente a la SOCIEDAD, siendo el periodo máximo de RECLAMACIÓN doce (12) meses contados a partir de la entrega del PRODUCTO.

 

El CLIENTE no podrá reclamar cuando los defectos hayan sido consecuencia de alteraciones producidas en el PRODUCTO respecto a las condiciones de suministro, tales como manipulaciones inadecuadas, alteración del tratamiento térmico, procesos productivos no previstos en las especificaciones del producto, así como errores en los diseños de ingeniería o selección del producto inadecuado para la aplicación final.

 

En cualquier caso, la SOCIEDAD se limitará a la sustitución del PRODUCTO (S) no conforme, quedando excluido cualquier otro perjuicio.

 

2.7 PAGO

El CLIENTE pagará de acuerdo a las condiciones establecidas por la SOCIEDAD en la OFERTA / ACUSE DE PEDIDO.

 

El INCUMPLIMIENTO DE PAGO por parte del CLIENTE en la fecha acordada en el PEDIDO / ACEPTACIÓN PEDIDO y reflejado en la factura, la SOCIEDAD se reserva el derecho de paralizar todos los PEDIDOS en curso hasta que no se regularicen los pagos, incluso a suspender el crédito para NUEVOS PEDIDOS. La suspensión del Crédito por parte de la Compañía de Seguros podría ser otra de las razones por las que la SOCIEDAD tome esta decisión.

 

En el momento que se hagan efectivos los pagos atrasados, la SOCIEDAD cargará los gastos conforme a las tasas en vigor, de los días transcurridos desde el vencimiento inicial hasta que el pago se haya hecho efectivo.

 

En cualquier caso, la SOCIEDAD se reserva el derecho de propiedad de todos los Productos vendidos hasta que el pago de su totalidad no se haya hecho efectivo.

 

La emisión de los DOCUMENTOS DE PAGO serán emitidos solo a nombre de la SOCIEDAD, el CLIENTE asumirá cualquier gasto derivado del incumplimiento de pago en los términos establecidos por la SOCIEDAD en las CONDICIONES GENERALES DE VENTA.

 

2.8 VARIACIÓN DE PRECIOS

Los PRECIOS podrán ser alterados en las siguientes circunstancias:

 

a) Modificación de los PRODUCTOS / SERVICIOS.

b) Que la validez de la OFERTA haya vencido.

c) Alteraciones del stock o modificaciones del pedido durante el tiempo transcurrido desde la OFERTA hasta la CONFIRMACIÓN PEDIDO.

d) Otras VARIACIONES DE COSTES debido a situaciones excepcionales relacionados con la energía, chatarras y aleaciones.

e) De producirse VARIACIONES DE PRECIO entre la fecha de la ACEPTACIÓN PEDIDO y la fecha prevista de entrega, la SOCIEDAD lo comunicará al CLIENTE, y en el supuesto que este no estuviera de acuerdo con los nuevos precios, podrá anular el PEDIDO comunicándolo de forma inmediata y por escrito a la SOCIEDAD.

 

De no haber respuesta por parte del CLIENTE transcurridos dos (2) días desde la comunicación, la SOCIEDAD interpretará que la variación de precios está aceptada por el CLIENTE.

 

2.9 INDEMNIZACIONES

En el caso que se produzca la ANULACIÓN TOTAL o PARCIAL DEL PEDIDO por parte del CLIENTE, este deberá indemnizar a la SOCIEDAD en el supuesto que en la ACEPTACIÓN PEDIDO, la SOCIEDAD hubiera reflejado que se reservaba el derecho de la revisión al alza de los precios por variación de costes (apartado 2.8).

 

Todo ello sin perjuicio de la necesidad de indemnizar en su caso a la SOCIEDAD por los costes incurridos hasta la fecha.

 

2.10 ANULACIÓN DE PEDIDO

2.10.1

La SOCIEDAD no aceptará la anulación parcial o total de un PEDIDO, en las siguientes situaciones:

a) Cuando se haya iniciado la transformación (corte) o Servicio (valor añadido) en el PRODUCTO (S).

b) Cuando se trate de una FABRICACIÓN ESPECIAL, y se haya iniciado el proceso de producción.

 

En el caso que no se dieran ninguna de estas circunstancias, es decir, que no se hubiera iniciado ni la transformación ni produción por parte de la SOCIEDAD, esta podría considerar aceptar la anulación total o parcial del pedido sin exigir indemnización alguna al CLIENTE.

 

2.10.2

En general la ANULACIÓN TOTAL o PARCIAL DE UN PEDIDO, cualquiera que fuese su causa, se aplicará el criterio de indemnización a la Sociedad determinado en las Condiciones Generales de Venta (apartados 2.9 y 2.10).

 

3. GARANTÍAS RESPECTO A LOS PRODUCTOS

3.1 Garantías de la Sociedad

La SOCIEDAD garantiza que todos los PRODUCTOS vendidos son conforme a las calidades descritas en el PEDIDO aceptado por el CLIENTE.

 

Los PRODUCTOS son propiedad de la SOCIEDAD hasta el momento de la venta que pasará a ser propiedad del CLIENTE.

 

3.2 Garantías del Cliente

El CLIENTE asumirá toda la responsabilidad de la utilización y comercialización de los Productos a terceros.

 

El CLIENTE garantizará en todo momento con las normas que resulten aplicables a la comercialización y/o tratamiento de los Productos y cualesquiera otras Leyes de orden público que pudieran resultar aplicables al alcance de la distribución.

La SOCIEDAD se reserva el derecho de interrumpir la entrega en el caso de que tenga fundadas sospechas de que el CLIENTE pueda incumplir las normas respecto a la utilización y/o comercialización de los PRODUCTOS a terceros.

4. LIMITACIÓN DE ACCIONES

4.1 Limitación en base a actos del Cliente

En cualquier caso, la Sociedad no será en ningún caso responsable de:

 

(i) cualquier coste, cargo o daño en que se haya incurrido como consecuencia de cualquier incumplimiento por el Cliente de sus obligaciones derivadas del Contrato,

(ii) (ii) violación por el Cliente de cualquier ley o reglamentación en materia de protección al consumidor, sanidad y orden público,

(iii) (iii) cualesquiera daños indirectos, especiales o derivados o de cualquier pérdida de ingresos, de beneficios o de negocio o de ahorros previstos por parte del Cliente, incluso en el caso de que la Sociedad haya sido advertido de la posibilidad de que tales daños se produzcan,

(iv) (iv) cualesquiera multas, sanciones, compensaciones, daños, costes u honorarios derivados del Contrato o en conexión con el mismo.

 

a) Limitación cuantitativa

En todo caso, cualquier responsabilidad de la Sociedad quedará limitada al precio de venta del Producto en relación con el cual se hubiese generado dicha responsabilidad (conforme se refleja en el Apartado 2.6.2 Párrafo 4º RECLAMACIONES).

b) Exclusión de determinados supuestos

La Sociedad no excluye ni restringe la responsabilidad por daños personales que resulten de su conducta dolosa y/o gravemente negligente.

c) Indemnización

El Cliente deberá indemnizar y mantener a la Sociedad indemne de cualquier reclamación, real o alegada, de terceras partes y de cualquier pago de costes, cargos, responsabilidades, daños, multas o sanciones, si tal reclamación resultare del incumplimiento por el Cliente de sus obligaciones derivadas del Contrato.

5. CESIÓN

Será necesario el Consentimiento expreso de la otra Parte para la cesión del Contrato y/o de los derechos y obligaciones que se derivan del mismo. 

6. CONFIDENCIALIDAD

a. Obligación del Cliente

El Cliente se obliga a no hacer referencia en ninguna publicidad o material promocional al Contrato ni a los suministros que realice de acuerdo con el mismo, salvo autorización expresa por escrito de la Sociedad.

 

b. Información Confidencial y excepciones

Salvo en caso de mediar previamente y por escrito el consentimiento de la Sociedad, el Cliente mantendrá la confidencialidad y no podrán revelar a terceros ninguna Información Confidencial recibida de la Sociedad. A estos efectos, se considerará “Información Confidencial”: (i) Cualquier información relativa a las condiciones y términos del Contrato, (ii) Los documentos o información (en particular, comercial, técnica o relativa a los precios, etc.) referente a cualquier OFERTA, (iii) Cualquier información relativa a las características de cualquier de los Productos y/o Servicios Adicionales. Sin embargo, no será aplicable dicha obligación de confidencialidad sobre aquella Información Confidencial que (i) fuera previamente conocida por el Cliente y no sometida a una obligación de confidencialidad anterior, (ii) sea conscientemente revelada a terceros sin restricción por la Sociedad, (iii) sea o devenga de público conocimiento, siempre que no sea a causa de una revelación no autorizada;

 

c. Propiedad de la Información Confidencial

La Información Confidencial es propiedad de la Sociedad y, a solicitud de ésta, el Cliente devolverá la Información Confidencial recibida en forma tangible a la parte que la haya revelado o procederá a la destrucción de la referida Información Confidencial.

 

d. Duración de la obligación de confidencialidad

Esta obligación de confidencialidad comenzará en la fecha de la firma del Acuerdo y continuará vigente y será válida mientras continúe vigente el Contrato y durante CINCO (5) años a contar desde la entrega del último PEDIDO Aceptado.

 

e. Consecuencias del incumplimiento de estas estipulaciones

El incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones de la presente cláusula por cualquiera de las Partes otorgará a la Parte perjudicada por el incumplimiento de esta cláusula el derecho a finalizar el contrato, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso permitido por la Ley.

7. PRESUNCIÓN DE NO RENUNCIA DE DERECHO

El hecho de que, en cualquier momento, cualquiera de las Partes no exija el estricto cumplimiento de cualquiera de los términos contenidos en el Contrato no será considerado como renuncia por su parte a cualquier derecho contenido en el mismo y no impedirá a dicha Parte exigir el estricto cumplimiento del término de que se trate, o de cualquier otro término contenido en el Contrato en cualquier otro momento.

8. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

La Sociedad cumple todos los requisitos establecidos por la normativa vigente en materia de protección de datos personales, y todos los datos de los que son responsables son tratados de acuerdo con las exigencias legales y, en particular, con respecto a todas las obligaciones impuestas por la Ley 27/98, de 26 de octubre, de Protección de Datos de Carácter Personal, habiéndose adoptado las medidas de índole técnica y organizativa que garantizan la seguridad de los datos personales, de conformidad con la legislación aplicable.

 

Respecto a los datos de carácter personal que el Cliente pudiera llegar a facilitar a la Sociedad, se adoptarán las debidas medidas de seguridad, tanto técnicas como organizativas, a fin de garantizar su confidencialidad.

 

Los datos personales que facilite el Cliente, así como aquellos que se obtengan con motivo de su relación con la Sociedad, serán incorporados a un fichero o ficheros responsabilidad de la Sociedad y se utilizarán principalmente para los siguientes fines:

 

a) Gestión de administración general, mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y gestión de su relación con la Sociedad, así como de cualquier servicio que pueda ser ofrecido al Cliente.

b) Gestión del contacto con la Sociedad y las peticiones, CONSULTA, PEDIDOS o comunicaciones que el Cliente formule.

c) La comercialización e información de Productos y actividades desarrolladas por la Sociedad.

 

No obstante, los datos del Cliente podrán ser comunicados para el cumplimiento de las obligaciones legales y/o contractuales que pudieran existir.

 

Antes de que el Cliente facilite datos personales de un tercero, deberá haber informado a dicho tercero y solicitado su consentimiento respecto a los puntos aquí expuestos.

 

Habida cuenta de que, para el correcto cumplimento de lo pactado, no es necesaria la entrega por el Cliente a la Sociedad de ningún tipo de dato de carácter personal de los Consumidores Finales, sino que el Cliente se obliga a transmitir sus PEDIDOs en base a datos disociados que no pueda entenderse como datos personales. Por ello, el Cliente asume en su totalidad, bajo su exclusiva responsabilidad, y respecto a todo dato personal, el cumplimiento de todas las obligaciones impuestas por la Ley 27/98, de 26 de octubre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como la adopción de las medidas de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los mismos, de conformidad con la legislación aplicable.

9. MISCELÁNEA

a. Carácter sustitutivo del Contrato frente a cualesquiera acuerdos anteriores.

El Contrato sustituye a cualesquiera otros acuerdos orales o escritos entre las Partes respecto de la materia objeto del mismo. Las Partes reconocen que no han celebrado el Contrato confiando en alguna declaración realizada pero no contenida en el Contrato.

 

b. Efectos de las estipulaciones ilegales, imposibles, inválidas o inaplicables.

Cualquier acuerdo establecido en el Contrato que sea contrario a la Ley o que no pueda exigirse por cualquier razón, se considerará suprimido, sin que el resto del Contrato pierda sus efectos. En tal caso, el acuerdo inválido será rectificado mediante un texto modificado que deberá mantener su espíritu y significado económico.

 

En el caso de que un tribunal competente considerara que alguna de las estipulaciones de las presentes Condiciones es inválida o inaplicable, total o parcialmente, la validez de cualquier otra estipulación contemplada en las presentes condiciones y la parte restante de la estipulación en cuestión, no quedará afectada.

 

c. Ley aplicable y jurisdicción competente.

El Contrato se regirá e interpretará conforme a la ley española. Cualquier conflicto o disputa relativa al Contrato o el suministro de los Productos, quedará sometido a los Tribunales del domicilio de la Sociedad.